Es la atención personalizada e integral, que llevan a cabo los Servicios Sociales Municipales, para ayudar a los ciudadanos y ciudadanas a resolver las necesidades personales, familiares y/o sociales que presentan.
Los Servicios Sociales Municipales, que en la actualidad cuentan con unTrabajador/a Social/a y auxiliares de Ayuda a Domicilio , son los que atienden en primera instancia las solicitudes y demandas realizadas por los ciudadanos.
Algunas de las tareas y funciones que estos equipos desarrollan a nivel municipal son:
- Información, orientación y asesoramiento sobre los recursos sociales disponibles
- Tramitación de ayudas y prestaciones sociales.
- Gestión y/o supervisión de todos los programas y servicios que se implantan en el municipio dentro de su ámbito de competencia.
- Apoyo y asesoría a entidades y colectivos.
- Intervención social a individuos y familias.
¿Qué es?
Consiste en la presentación de una serie de servicios en el propio domicilio para todos aquellos ciudadanos que, debido a carencias físicas, psíquicas o sociales, precisan la ayuda de otras personas.
¿Qué objetivos tiene?
Pretende la permanencia de la persona en su propio ambiente, asegurando un tratamiento individualizado en la prestación de servicios, mejorando así su calidad de ida.
¿Qué servicios se prestan?
- Apoyo y ayuda doméstica: limpieza, higiene y seguridad en el hogar.
- Apoyo y ayuda personal: Higiene personal, alimentación, aseo…
- Atención psicológica, social y educativa.
- Desarrollo de las capacidades de autonomía personal.
- Estimulación de la convivencia e integración en la comunidad.
Este servicio se presta a través del equipo de Auxiliares de Hogar.
Destinatarios/Requisitos
- Personas mayores dependientes, que vivan sólos o con familiares u otras personas que no puedan atenderles adecuadamente o precisen de ayuda para dicha atención.
- Personas con discapacidad y/o personas que por razón de sus limitaciones y/o enfermedad precisan de una tercera persona, que vivan solas o con familiares u otras personas que no puedan atenderles adecuadamente o precisen ayuda para dicha atención.
- Otros grupos de población valorados favorablemente por el Equipo Social de Base.
Todos ellos deben de estar:- Empadronados en el municipio.
- Disponer de informe técnico que determine la necesidad.
- Empadronados en el municipio.
Documentación:
- Solicitud, según modelo normalizado.
- Fotocopia del D.N.I del solicitante, y en su caso de todos los miembros de la unidad familiar mayores de 16 años.
- Fotocopia de la cartilla SIP del solicitante.
- Fotocopia de Declaración IRPF del solicitante y, en su caso de todos los miembros de la unidad familiar mayores de 16 años, o Certificado Negativo de Hacienda de no haberla realizado.
- Certificado de pensiones del INSS del solicitante, y/ su cónyuge.
- Informe médico, según modelo normalizado.
- Certificado de convivencia.
Presentación:
En el Ayuntamiento o en el Centro Social de Los Palacios, según días y horario que aparecen en esta pagina web
De quién depende:
Servicios Sociales Municipales.
Servicio que permite a las personas mayores y/o discapacitados entrar en contacto verbal, durante las 24 horas del día y los 365 días del año, con profesionales capacitados para dar respuesta adecuada a la crisis presentada o movilizar los recursos de urgencia oportunos. Se realiza a través de línea telefónica, con un equipamiento informático específico ubicado en un centro de atención y en el domicilio de la persona usuaria. También se presta otros servicios como de agenda y recordatorio de actividades.
1.-Requisitos:
- Tener más de 70 años o menos con discapacidad superior al 65%
- No tener cubierta la teleasistencia a través del sistema de atención a la dependencia.
- Estar empadronada en cualquiera de los municipios de la provincia de Alicante al menos con una antelación de doce meses.
- Disponer de un nivel de ingresos igual o inferior al 150% del IPREM que se establezca anualmente. Para el cálculo anual se tomará el importe de las doce pagas mensuales más las dos pagas extraordinarias y cualquier otro ingreso económico que tenga la persona solicitante y su beneficiaria y otras que convivan en la unidad familiar. Para ello se ha de solicitar el Informe/certificado correspondiente a Hacienda y presentarlo junto con la solicitud. Ya no se tendrán en cuenta los gastos que pudiera tener la persona solicitante por diversos conceptos.
- Estar empadronado.
- Percibir ingresos iguales o inferiores al S.M.I.
- Tener cubiertas las necesidades básicas de vivienda, alimentación e higiene, tener teléfono y electricidad.
- No padecer enfermedades mentales graves o demencia senil ni deficiencias notorias en el habla o en la audición.
2.-Documentación:
- Solicitud, según modelo normalizado.
- Informe medico de reconocimiento de prestaciones sociales.
- Fotocopia de la declaración de la Renta o Certificado de Hacienda de todos los miembros de la unidad familiar.
- Fotocopia del DNI. del Titular y demás personas que cumpliendo los requisitos quieran ser beneficiaras.
- Fotocopia de la Cartilla SIP de Asistencia Sanitaria.
- Certificado de convivencia.
- Certificado de empadronamiento que especifique la antigüedad.
- Certificado de pensiones del Instituto Nacional de la Seguridad Social
- Datos de las personas de contacto: nombre y apellidos, dirección, teléfonos, parentesco.
3.-Presentación:
En el Ayuntamiento o en el Centro Social de Los Palacios, según días y horario que aparecen en esta pagina Web
4.-De quién depende:
Servicios Sociales Municipales en coordinación con la Diputación Provincial de Alicante
¿Qué es?
Este programa incluye el conjunto de medidas que facilitan al ciudadano/a y a la población en general el conocimiento y acceso a los recursos sociales.
Se ofrece asesoramiento especializado sobre los derechos que se pudieran corresponderles y los recursos sociales existentes.
Construye la “puerta de entrada” al Sistema Público de Servicios Sociales y el canal a través del cual se derivan las demandas de la población hacia los recursos o servicios más idóneos para cada caso.
¿Qué objetivo tiene?
-Prestar información, orientación asesoramiento sobre los derechos y recursos sociales existentes para la resolución de las necesidades de la población.
¿Qué servicios se presentan?
- Asesoramiento a la población acerca de los servicios y recursos disponibles para atender sus necesidades.
- Atención a las demandas directas de la población, de las asociaciones que representan, así como de otras instituciones y organismos públicos.
- Realización y participación en campañas públicas de difusión de la información.
¿Dónde?
En el Ayuntamiento o en el Centro Social de Los Palacios, según días y horario que aparecen en esta página web.
¿Qué es?
Este programa da cobertura a las necesidades básicas o extraordinarias de las personas con Prestaciones Económicas Individualizadas.
¿Qué objetivos tiene?
- Resolver o remediar una situación gravemente deteriorada o de urgente necesidad y que no puede ser solucionada con medios económicos propios.
- Lograr el normal desarrollo humano y social de las personas o familias que reciben estas ayudas.
¿Qué servicios se prestan?
- Gestión de las Prestaciones Económicas.
- Detección de las situaciones de precariedad, de carácter personal, familiar o grupal.
- Actuación urgente ante las carencias existentes.
¿Dónde?
En el Ayuntamiento o en el Centro Social de Los Palacios, según días y horario que aparecen en esta Pagina Web
¿Cuándo?
Desde principios del año hasta el 31 de octubre de cada año.
Destinatarios/Requisitos
Personas individuales o núcleos familiares que se encuentren en situación de necesidad y cumplan los siguientes requisitos:
- Que el beneficiario no disponga de ingresos suficientes para afrontar los gastos derivados de la situación de emergencia.
- Que la renta per cápita de la unidad familiar a la que pertenece el solicitante no supere la cuantía anual de fijada anualmente . En relación a este aspecto, hay que tener en cuenta lo siguiente:
Se considerarán ingresos familiares la totalidad de los ingresos brutos procedentes de todos y cada uno de los miembros de la unidad familiar. A tales efectos, se contabilizarán todos los ingresos provenientes de sueldos, rentas, propiedades, intereses bancarios y pensiones o ayudas otorgadas por instituciones públicas o privadas a cualquiera?de los miembros de la unidad familiar.
La renta per cápita se obtendrá de dividir los ingresos familiares entre el número de miembros de la unidad familiar.
A los efectos de la presente orden, se considerará unidad familiar la integrada por las personas que convivan en el domicilio familiar, extremo que se acreditará mediante certificado de convivencia expedido por el ayuntamiento correspondiente.
- Que disponga del informe técnico en el que se determine la necesidad de la acción objeto de la ayuda
Documentación
- Solicitud según modelo oficial.
- Fotocopia compulsada del NIF del solicitante.
- Certificado de convivencia emitido por el Ayuntamiento de residencia.
- Fotocopia compulsada de la última declaración de la renta o en su defecto, certificado negativo de declaración, referida a los ingresos de la unidad familiar. En caso de certificado negativo se aportará certificado acreditativo de la pensión recibida por el solicitante o autorización expresa a la Mancomunidad la Vega para acceder a los datos personales obrantes en los ficheros de la Administración Tributaria.
- Informe técnico que justifique la necesidad de la acción objeto de la ayuda, emitida por los servicios técnicos competentes.
- Toda aquella documentación requerida por el técnico que tramita la ayuda y que sea necesaria para una adecuada valoración social.
- Modelo de domiciliación bancaria debidamente cumplimentado.